Contadores y Auditores en Chile
Estimados:
Junto con saludar expongo lo siguiente:
1.- Un empleado nos presento licencia medica con fecha 30/09/2010 (continuación de otra licencia), la cual abarca desde el 22/09/2010 hasta el 19/10/2010, pero éltrabajo hasta el 30/09/2010. Producto de todo este enredo, nos esta solicitando que le cancelemos los dias trabajados, es eso correcto? como le voy a pagar una liquidación donde trabajo hasta el 30/09 y presento licencia desde el 22/29 en adelante? no se produce un doble pago, tanto de nosotros como del compin? aunque desde el punto de vista del trabajador, como nos va a regalar dias efectivamente trabajados..
Espero comentarios
Saludos cordiales
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Vínculo permanente Respuesta de Darwin Quinteros M. el octubre 6, 2010 a las 1:49pm
Vínculo permanente Respuesta de EDWIN LIZAMA MARTINEZ el octubre 6, 2010 a las 3:04pm
Vínculo permanente Respuesta de DANIELA ISABEL GARCIA SEPULVEDA el octubre 6, 2010 a las 3:14pm
Vínculo permanente Respuesta de Alexis Garrido Bustamante el octubre 6, 2010 a las 4:03pm
Vínculo permanente Respuesta de Carlos GS el octubre 6, 2010 a las 4:50pm Partiendo de la premisa de que los movimientos se van registrando en forma cronológica, primero tenemos a un trabajador que efectuo su pega y por ende corresponde pagarle, posteriormente presenta una licencia médica, la cual debe ser llenada por el empleador y presentada, el organismo encargado de trámitar la licencia hará su trabajo y dictaminará.
Nota: Para ingresar primero debes acceder a tu correo @contador...
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