Tengo la siguiente consulta yo he mandado por primera vez los libros de compra y venta electronicamente y mi consulta segun el un recordatorio del SII dice lo siguientes :

 

El Servicio de Impuestos Internos (SII) le recuerda que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Exenta SII N° 117 de 2011, usted deberá presentar cada semestre, en reemplazo del Formulario 3323, dos declaraciones: la Declaración Jurada de Compras (Formulario 3327) y la Declaración Jurada de Ventas (Formulario 3328).

A contar del 30 de enero de 2012, usted puede cumplir esta obligación ingresando a www. sii. cl, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones Juradas de IVA, Declaraciones juradas de IVA F3327 y F3328, opción “Enviar o corregir declaraciones”. Si requiere más información, ahí también encontrará la opción “Ayudas”.

Recuerde que el plazo para declarar las operaciones realizadas durante el segundo semestre de 2011, concluye el último día del mes de febrero de 2012.

Si usted es un contribuyente que emite Facturas Electrónicas y ha enviado electrónicamente sus Libros de Compras y Ventas, el SII le construirá su declaración y estará eximido de realizar esta operación.

Sin otro particular, le saluda atentamente,

Servicio de Impuestos Internos

 Quiero saber si alguien a estado en esta situacion para no mandar las declaraciones y que me que  a mi como respaldo del envio por parte del SII de estas declaraciones....

 

 

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Respuestas a esta discusión

hola una consulta quisiera saber como hago con las facturas con impuesto especifico no recuperable ¿Cual es la tasa?, que debo poner y si tengo una fatura con mas de un impuesto ILA como la ingreso en tres filas???

no  estos no tienen codigo  debes declarlo en la columna donde dicen  Monto otro imp sin credito

solo se coloca  codigo  cuando tiene credito a favor  que recuperas

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